¿Falta capacitación o leyes sobre derecho de autor para bibliotecas?

La mesa de trabajo del Ministerio de Comercio, las bibliotecas y los discapacitados

El pasado 31 de Julio de 2013 asistí a la mesa de trabajo del Ministerio de Comercio de Colombia para bibliotecas y discapacidad. Fue una mesa concurrida, donde la mayoría de personas tenían relación con bibliotecas o archivos y sólo participó Dean Lerner Gonzalez, ex director del INCI cuya voz fue suficiente para mostrar las grandes carencias que tiene Colombia para atender a discapacitados. En esta mesa hubieron varias cosas interesantes durante y después:

Un participante de la Universidad de los Andes en la mesa de trabajo contó que uno de sus estudiantes descargó documentos que tenían una restricción diaria. Dijo que se podían descargar únicamente 20 páginas. El estudiante descargó diariamente de a 20 páginas hasta completar un libro. La editorial se enteró, localizó al estudiante y pidió a la Universidad que se hiciera una destrucción pública del documento copiado. Además se recordó el caso del préstamo de material audiovisual en esa misma Universidad.

Las bibliotecas no tienen de qué preocuparse ¿…o si?

Un par de días después de la mesa de trabajo, conversé con Martha Senn, actualmente directora del Centro Cultural Biblioteca Luis Echevarría Villegas de la Universidad EAFIT quien me contó que recientemente dicha universidad había perdido un juicio por publicar un listado electrónico de obras pertenecientes a la colección FAES. Pregunté si la demanda consistía en publicar la obra en internet y la respuesta fue negativa: No publicaron en internet la obra, sino el listado de títulos y autores que se incluían en el fondo. «El juez falló a favor de la persona. Indemnización de daños y perjuicios por anunciar en listado digital». ¿Esto implicaría que la catalogación de las bibliotecas requiere permisos de los autores? Si no podemos usar catálogos en línea (OPACs por sus siglas en inglés) ¿Debemos volver a las fichas? me cuestionaba Martha.

Los abogados tienen una visión diferente. En la mesa de trabajo, Gustavo Palacio (abogado de casas disqueras) comentó que no conocía un sólo caso en el que se persiguieran a las bibliotecas. Además, que en el actual proyecto de ley deberíamos defender a los autores, pero las excepciones y limitaciones deberían esperar. Me pregunto ¿Esperar a qué? Cada vez que se realiza una reforma al derecho de auto es para ampliar los plazos de protección. Esto quiere decir que las obras cada vez se demoran más en entrar a dominio público. Si hay un aumento en la protección ¿No debería también existir un aumento en las garantías que tienen las personas para acceder a la información?

Gustavo Palacio tiene razón en algo: Es difícil hallar casos donde se persigan a las bibliotecas, pero esto es porque las bibliotecas respetan el derecho de autor. Lo que está sucediendo es que las bibliotecas y bibliotecarios tienen miedo a brindar acceso a colecciones o sus servicios y prefieren cerrarlos o limitarlos antes de incurrir en infracciones. No se presentarán casos de infracción, pero tampoco se presentará innovación en servicios bibliotecarios por la excesiva burocracia que representa la gestión de derechos (siempre necesaria) y la faltas de claridades que existen para las bibliotecas, por ejemplo a la hora de usar una obra cuyo autor no aparece por ninguna parte. En un comunicado sobre bibliotecas digitales y derecho de autor, Fernando Zapata López, director del Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina y el Caribe (CERLALC-UNESCO) afirma que «se hace necesario que en la región se analice, cuantifique y determine el impacto de las llamadas obras huérfanas respecto de la digitalización de las bibliotecas», para referirnos a este caso específico.

¿Faltan leyes o falta aprender sobre derecho de autor?

Los abogados dicen que las bibliotecas no deben preocuparse. Otros dicen que falta capacitación al respecto y hay bastante ignorancia de parte de las bibliotecas que hasta ahora se preocupan por estas claridades y hay cosas que se piden que las bibliotecas ya tienen. Luego de conversar con el profesor Peter Jaszi algo quedó claro: «No hay que estar tranquilos en esa luna de miel [entre titulares y bibliotecas] y el “confía en nosotros”».

El profesor Jaszi comentó también que los bibliotecarios deberían preocuparse por crear leyes acordes a sus servicios y a la misión de las bibliotecas y no que sean abogados quienes las creen, debido a su falta de experiencia en los servicios que puede llegar a ofrecer una biblioteca. Lo cierto es que para crear leyes se requiere un lenguaje jurídico que los bibliotecarios no siempre dominan, pero es aquí donde el trabajo interdisciplinar se hace necesario.

En mi pregrado realicé un curso básico sobre propiedad intelectual como asignatura electiva. Esto quiere decir que no todos mis compañeros de clase tuvieron que cursarla para graduarse. Algunos colegas profesores incluyen el tema en sus clases pero ¿Es suficiente? Por su parte la Dirección Nacional de Derecho de Autor ofrece capacitaciones con cierta regularidad pero ¿Tienen ellos en mente la misión de las bibliotecas o únicamente la protección a los autores?

A la hora de crear leyes ¿sólamente se está protegiendo a los autores o se está pensando en la totalidad de involucrados? Cory Doctorow en una entrevista con Steve Paikin afirma: «No hay lobby por el dominio público». Cory Doctorow tiene razón: nadie hace lobby por el dominio público porque a nadie le interesa, pero a las bibliotecas, el dominio público les debería interesar porque de aquí pueden surgir colecciones que pueden fluir libremente, incluso por terrenos digitales. En algunas de mis presentaciones para bibliotecarios pregunto ¿Sabe usted cuántas obras en dominio público se encuentran en sus colecciones? y por lo general la respuesta se da con un movimiento de hombros.

Lo cierto es que las bibliotecas y archivos colombianos despertaron y algunos afirman cosas como «la primavera bibliotecaria«, que desde hace años ha venido avanzando en este tema desde el acceso abierto y los repositorios institucionales. La tarea que tenemos pendiente es identificar los servicios que prestan las unidades de información y los posibles problemas de derecho de autor que podrían existir; teniendo identificadas estas necesidades, es más fácil que un abogado pueda traducir esto en lenguaje jurídico (técnica legislativa según les escuché). Luego, encontrar a las personas que estarían dispuestas a hacer lobby por el dominio público y el acceso a la información, siempre teniendo en cuenta el respeto por el derecho de autor, pero moviéndonos hacia puntos de equilibrio o acuerdos.

Por David Ramírez-Ordóñez

Hola. Soy David. Docente, bloguero y bibliotecario digital. Desarrollo proyectos digitales desde el 2005. Más de mi en este enlace.

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